TESTIMONIO: VISTO: Lo solicitado por la Asociación Mutual de Choferes de Camiones y Afines de Balcarce, y CONSIDERANDO: Que el proyecto presentado por los interesados reúne todas las condiciones para no modificar la Zona Residencial de su implantación, Que elevar la densidad, implica promover un mayor número de dor-mitorios y de habitantes por hectáreas, alentando al desarrollo habitacional del área, Que existen factibilidades de proveer al lote de los servicios de agua corriente, desagües cloacales, energía eléctrica y mejorado de sus accesos, POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 28/88 ------------------------------- ARTICULO 1.- Elévase a trescientos cincuenta y dos (352) habitantes por hectárea ------------ la densidad fijada para la manzana comprendida por las calles 1 - 3 32 y 34 designada catastralmente como: Circunsc.: I - Sección D - Quinta 27a, Parcelas 1 a 8.----------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Lo determinado en el Artículo 1º responde exclusivamente al proyec------------- to integral de uso propuesto por la Asociaci¢n Mutual de Choferes de Camiones y Afines.----------------------------------------------------------- ARTICULO 3.- De no concretarse el Barrio propuesto la presente Ordenanza queda- ------------ rá sin efecto, manteniendo el Lote indicado la densidad fijada por la Ordenanza 331/79.------------------------------------------------------------ ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los quince días del mes de abril de mil novecientos ochenta y ocho. FIRMADO: Carlota A. Alvarez de Rodriguez - PRESIDENTA - Juan José Troya - SECRE-TARIO.--------------------------------------------------------------------------